
¿Qué ocurre después de solicitar protección internacional?
Tras solicitar protección internacional en el Centro de Acogida de Citywest, se te derivará a IPAS alojamiento mientras te encuentras en el proceso de evaluación.

Trámite del procedimiento de asilo
Una vez finalizada la evaluación, la Oficina de Protección Internacional (IPO) decidirá y te comunicará la vía de tramitación de tu solicitud de protección internacional. En función de la vía de tramitación de tu solicitud de asilo, es posible que se te exija residir en un centro IPAS designado, o bien que tengas la opción de residir en un alojamiento privado si dispones de recursos económicos suficientes para ello.
En función de la vía que siga tu procedimiento de asilo, es posible que se te exija residir en el Centro de Acogida de Citywest, o bien que se te ofrezca alojamiento en un centro de acogida IPAS ; en este caso, IPAS organizar el transporte para llevarte al centro.
Si te envían a un centro de acogida IPAS , permanecerás allí durante un breve periodo de tiempo, aproximadamente dos semanas, mientras recibes orientación y apoyo para los recién llegados. A continuación, serás trasladado a un centro IPAS , que puede estar en cualquier lugar de Irlanda. IPAS no IPAS cuenta las solicitudes de ubicaciones concretas.
IPAS seguirá estando a tu disposición hasta que se haya resuelto tu solicitud de protección internacional, salvo que se te retire dicho alojamiento debido a incumplimientos graves del ReglamentoIPAS .
Evaluación de vulnerabilidades
Como parte del procedimiento de selección, se le ofrecerá una evaluación de vulnerabilidad. Dicha evaluación se lleva a cabo de conformidad con la Ley de Protección Internacional de 2026 y es voluntaria.
La ley define una serie de categorías de vulnerabilidad que incluyen a los menores de edad; los menores no acompañados; las personas con discapacidad; las personas de edad avanzada; las mujeres embarazadas; las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero o intersexuales; los padres y madres solteros con hijos menores de edad; las víctimas de la trata de seres humanos, las personas con una enfermedad grave, las personas con un trastorno mental y las personas que hayan sido sometidas a tortura, violación u otra forma de violencia psicológica, física o sexual grave, así como las víctimas de violencia de género, de mutilación genital femenina, de matrimonio infantil o forzado, o de violencia cometida por motivos sexuales, de género, racistas o religiosos.
El Programa de Evaluación de la Vulnerabilidad tiene por objeto evaluar las necesidades especiales de acogida. Cuando se identifica una situación de vulnerabilidad, se deriva a la persona a los servicios pertinentes y, además, IPAS utiliza esa información IPAS adaptarse adecuadamente a las necesidades de las personas. Es importante señalar que la mayoría de las situaciones de vulnerabilidad pueden atenderse en todos IPAS .
Solicitudes de transferencia
Debido a la elevada demanda de alojamiento, IPAS solo IPAS atender, en estos momentos, las solicitudes de cambio de ubicación que se deban a una prioridad médica o a otros casos excepcionales.
Para presentar una solicitud de traslado por motivos médicos, consulta el IPAS para solicitudes de traslado por motivos médicos.
Para presentar una solicitud de consideración médica especial, consulta el IPAS para solicitar consideraciones adicionales por motivos médicos.

Traslados relacionados con el embarazo y otras necesidades especiales de acogida
En los casos relacionados con traslados durante el embarazo, la solicitante deberá informar del embarazo a los responsables del centro. El objetivo es garantizar que el responsable del centro pueda evaluar si el alojamiento actual es adecuado.
Cuando una solicitante resida actualmente en un alojamiento familiar y haya comunicado su embarazo al director del centro, este deberá intentar facilitar la estancia de la familia en su ubicación actual.
Si el responsable del centro no puede atender las necesidades de la familia (por ejemplo, garantizar que haya espacio suficiente para una cuna), deberá notificarlo IPAS antes posible e incluir los nombres, los números TRC y los detalles del caso.
Familias que conviven en IPAS
En algunos casos, puede ocurrir que las familias queden separadas entre distintos centros de acogida. Puedes solicitar que te reúnan con tu familia si cumples los criterios de elegibilidad y ambas partes se ponen en contacto por separado y por escrito con el IPAS ([email protected]) para solicitar que se les aloje juntos.
La solicitud debe incluir los nombres, los números TRN, los centros de acogida actuales y el tipo de relación de todas las personas con derecho a solicitar la reunificación.
Solicitar una adaptación para una fecha futura
Si abandonas IPAS y/o decides vivir en un alojamiento privado y posteriormente necesitas ayuda de IPAS, puedes solicitar un nuevo alojamiento. Ponte en contacto con [email protected] e incluye los nombres, los números TRC y todos los detalles de la solicitud.
Las personas que no hayan recibido anteriormente una oferta de alojamiento por parte de IPAS a la escasez de plazas deben consultar el párrafo siguiente.
Personas que están a la espera de ofertas de alojamiento por parte de IPAS
En los casos relacionados con una persona a la que IPAS no IPAS ofrecer alojamiento debido a la actual escasez de plazas, tenga en cuenta lo siguiente:
Actualmente, IPAS enfrenta a una grave escasez de plazas de alojamiento para hombres solteros que solicitan protección internacional. Por ello, lamentamos no poder ofrecer alojamiento a todas las personas que solicitan protección internacional en este momento.
Estamos trabajando para encontrar alojamiento a todas las personas lo antes posible. Cuando cada persona se presenta en la Oficina de Protección Internacional, se le toman los datos de contacto y se le avisará en cuanto haya alojamiento disponible.
Salida IPAS
IPAS condiciones de acogida a los solicitantes de protección internacional. Si se te ha concedido protección internacional o se ha dictado una resolución de retorno, IPAS retirar tus condiciones de acogida.
Retornos voluntarios
Si se te ha denegado la protección internacional y has agotado todas las vías de recurso, o si no tienes permiso para permanecer en el país, puedes optar por regresar voluntariamente a tu país de origen antes de que se dicte una orden de expulsión.
Más información sobre los retornos voluntarios.
A quienes se les ha concedido protección internacional
Si se te ha concedido el estatuto de refugiado, el estatuto de protección subsidiaria o un permiso para permanecer en Irlanda, tienes a tu disposición una serie de ayudas. Estas te ayudarán a abandonar los centros y a comenzar una nueva etapa en tu vida.
Las personas con estatus tienen derecho a vivir de forma independiente, trabajar y encontrar vivienda en la comunidad.
Vivienda
El primer reto al que te enfrentarás es encontrar un nuevo hogar. Puede tratarse de una vivienda pública (social) o de una vivienda privada de alquiler. IPAS un equipo especializado en transición que colabora con diversos organismos para facilitar el traslado de los residentes a una vivienda independiente. Además, IPAS te asignará un asistente de apoyo a la vivienda IPAS te ayudará a encontrar un lugar donde vivir y te apoyará en tu transición hacia una vivienda en la comunidad, para que puedas integrarte plenamente en la sociedad irlandesa.

Ayudas para la vivienda social
Cualquier persona puede solicitar ayudas para la vivienda social. Para poder optar a ellas, se debe determinar que el hogar cumple los requisitos y necesita ayuda antes de ser incluido en la lista de espera de vivienda social. Solo se le tendrá en cuenta para la vivienda social si los ingresos de su hogar son inferiores al límite establecido en el ámbito de la autoridad local. Debe rellenar un formulario de solicitud de vivienda de la autoridad local. Su asistente social, la autoridad local o el Centro de Información al Ciudadano local pueden ayudarle con esto. Puede obtener información detallada en la Agencia de Vivienda.
Hay disponible una guía fácil de leer para rellenar el formulario de solicitud en 26 idiomas.
Si un hogar cumple los criterios de elegibilidad y necesidad, tiene derecho a una serie de ayudas para la vivienda social, entre las que se incluye la Prestación de Ayuda a la Vivienda (HAP). El hogar se inscribe en la lista de espera para que se le tenga en cuenta a la hora de asignarle una vivienda adecuada, de conformidad con el plan de asignación de la autoridad competente. Las asociaciones y cooperativas de vivienda también tienen normas sobre quién puede optar a sus viviendas.
Viviendas de alquiler privado
Si no cumples los requisitos para acceder a una vivienda social, deberías plantearte alquilar en el sector privado. La Junta de Arrendamientos Residenciales (RTB) supervisa el sector del alquiler privado en Irlanda. En la página web de la RTB se explican los derechos y las obligaciones de los inquilinos (tú) y de los propietarios. También disponen de una «Guía para buenos propietarios e inquilinos» que puedes descargar.
También puedes obtener información y asesoramiento de Threshold, la organización benéfica nacional dedicada a la vivienda.
Encontrará más información en esta guía detallada sobre la vida independiente.



