Persona que rellena un formulario de solicitud para conseguir un alojamiento

Buscar alojamiento

En esta página se explica qué ocurre después de solicitar protección internacional y cómo se ofrece el alojamiento.

Una vez que hayas presentado la solicitud

¿Qué ocurre después de solicitar protección internacional?

Una vez que haya solicitado protección internacional en el Centro de Acogida de Citywest, se le derivará a IPAS para que le proporcionen alojamiento mientras se encuentra en el proceso de evaluación.

La persona está escribiendo el texto con el teclado del ordenador portátil
Procedimiento de asilo

Trámite del procedimiento de asilo

Una vez finalizada la evaluación, la Oficina de Protección Internacional (IPO) decidirá y te comunicará la vía de tramitación de tu solicitud de protección internacional. En función de la vía de tramitación que se te asigne, es posible que debas residir en un centro de acogida IPAS designado, o bien que tengas la opción de alojarte en un alojamiento privado si dispones de recursos económicos suficientes para ello.

Dependiendo de la vía que siga tu procedimiento de asilo, es posible que se te exija residir en el Centro de Acogida de Citywest, o bien que se te ofrezca alojamiento en un centro de distribución de IPAS; en ese caso, IPAS se encargará de organizar el transporte para llevarte al centro.

Si te envían a un centro de acogida de IPAS, permanecerás allí durante un breve periodo de tiempo, aproximadamente dos semanas, mientras recibes orientación y apoyo para los recién llegados. A continuación, serás trasladado a un centro de acogida de IPAS, que puede estar en cualquier lugar de Irlanda. IPAS no tendrá en cuenta las solicitudes de ubicaciones concretas.

El alojamiento de IPAS seguirá estando a tu disposición hasta que se haya resuelto tu solicitud de protección internacional, salvo que se te retire dicho alojamiento debido a incumplimientos graves del Reglamento de IPAS.

Vulnerabilidad

Evaluación de vulnerabilidades

Como parte del procedimiento de selección, se le ofrecerá una evaluación de vulnerabilidad. Dicha evaluación se lleva a cabo de conformidad con la Ley de Protección Internacional de 2026 y es voluntaria.

La ley define una serie de categorías de vulnerabilidad que incluyen a los menores de edad; los menores no acompañados; las personas con discapacidad; las personas de edad avanzada; las mujeres embarazadas; las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero o intersexuales; los padres y madres solteros con hijos menores de edad; las víctimas de la trata de seres humanos, las personas con una enfermedad grave, las personas con un trastorno mental y las personas que hayan sido sometidas a tortura, violación u otra forma de violencia psicológica, física o sexual grave, así como las víctimas de violencia de género, de mutilación genital femenina, de matrimonio infantil o forzado, o de violencia cometida por motivos sexuales, de género, racistas o religiosos.

El Programa de Evaluación de Vulnerabilidades se ha puesto en marcha para evaluar las necesidades especiales de acogida. Cuando se identifica una situación de vulnerabilidad, se deriva a la persona a los servicios pertinentes y, además, IPAS utiliza esa información para adaptarse adecuadamente a las necesidades de las personas. Es importante señalar que la mayoría de las situaciones de vulnerabilidad pueden atenderse en todos los alojamientos de IPAS.

Zona de descanso al aire libre en un centro de acogida de IPAS
Solicitudes de transferencia

Solicitudes de transferencia

Debido a la gran demanda de alojamiento, IPAS solo puede atender, en estos momentos, las solicitudes de cambio de ubicación que se deban a una prioridad médica o a casos excepcionales.

Para presentar una solicitud de traslado por motivos médicos, consulte el Protocolo de IPAS para solicitudes de traslado por motivos médicos.

Para presentar una solicitud de consideración médica especial, consulte el Protocolo de IPAS para solicitar consideraciones adicionales por motivos médicos.

Persona encargada de tramitar la documentación relacionada con la solicitud de alojamiento y la disponibilidad
Traslados relacionados con el embarazo y otras necesidades especiales de acogida

Traslados relacionados con el embarazo y otras necesidades especiales de acogida

En los casos relacionados con traslados durante el embarazo, la solicitante deberá informar del embarazo a los responsables del centro. El objetivo es garantizar que el responsable del centro pueda evaluar si el alojamiento actual es adecuado.

Cuando una solicitante resida actualmente en un alojamiento familiar y haya comunicado su embarazo al director del centro, este deberá intentar facilitar la estancia de la familia en su ubicación actual.

Si el director del centro no puede atender las necesidades de la familia (por ejemplo, garantizando que haya espacio suficiente para una cuna), deberá notificarlo a IPAS lo antes posible e incluir los nombres, los números TRC y los detalles del caso.

Familias que viven juntas

Familias que conviven en los alojamientos de IPAS

En algunos casos, puede ocurrir que las familias queden separadas en distintos centros de acogida. Puede solicitar que se le reúna con su familia si cumple los criterios de elegibilidad y ambas partes se ponen en contacto por escrito con el servicio de asistencia de IPAS ([email protected]) por separado para solicitar que se les aloje juntos.

La solicitud debe incluir los nombres, los números TRN, los centros de acogida actuales y el tipo de relación de todas las personas con derecho a solicitar la reunificación.

Solicitud de adaptaciones

Solicitar una adaptación para una fecha futura

Si abandona el alojamiento de IPAS o decide vivir en un alojamiento privado y posteriormente necesita ayuda de IPAS, puede solicitar un nuevo alojamiento. Póngase en contacto con [email protected] e incluya los nombres, los números TRC y todos los detalles de la solicitud.

Las personas que no hayan recibido anteriormente una oferta de alojamiento por parte de IPAS debido a la escasez de plazas deben consultar el párrafo siguiente.

Zona común de estar y de descanso en el interior de un centro de acogida de IPAS
Unas manos entrelazadas en un gesto de apoyo que simboliza el acceso a la asistencia sanitaria y a los servicios de atención
Personas en espera de ofertas

Personas que esperan una oferta de alojamiento por parte de IPAS

En los casos relacionados con personas a las que IPAS no ha podido proporcionar alojamiento debido a la actual escasez de plazas, tenga en cuenta lo siguiente:

Actualmente, IPAS se enfrenta a una grave escasez de plazas de alojamiento para hombres solteros que solicitan protección internacional. Por ello, lamentablemente no podemos ofrecer alojamiento a todas las personas que solicitan protección internacional en este momento.

Estamos trabajando para encontrar alojamiento a todas las personas lo antes posible. Cuando cada persona se presenta en la Oficina de Protección Internacional, se le toman los datos de contacto y se le avisará en cuanto haya alojamiento disponible.

Salida del alojamiento

Salir del alojamiento de IPAS

IPAS ofrece condiciones de acogida a los solicitantes de protección internacional. Si se le ha concedido protección internacional o se ha dictado una resolución de retorno, IPAS podrá revocar sus condiciones de acogida.

Retornos voluntarios

Retornos voluntarios

Si se te ha denegado la protección internacional y has agotado todas las vías de recurso, o si no tienes permiso para permanecer en el país, puedes optar por regresar voluntariamente a tu país de origen antes de que se dicte una orden de expulsión.

Más información sobre los retornos voluntarios.

Protección internacional

A quienes se les ha concedido protección internacional

Si se te ha concedido el estatuto de refugiado, el estatuto de protección subsidiaria o un permiso para permanecer en Irlanda, tienes a tu disposición una serie de ayudas. Estas te ayudarán a abandonar los centros y a comenzar una nueva etapa en tu vida.

Las personas con estatus tienen derecho a vivir de forma independiente, trabajar y encontrar vivienda en la comunidad.

Vivienda

Vivienda

El primer reto al que te enfrentarás es encontrar un nuevo hogar. Puede tratarse de una vivienda pública (social) o de una vivienda privada de alquiler. IPAS cuenta con un equipo especializado en transición que colabora con diversos organismos para facilitar el traslado de los residentes a una vivienda independiente. Además, IPAS te asignará un asistente de apoyo a la vivienda que te ayudará a encontrar un lugar donde vivir y te acompañará en tu transición hacia una vivienda en la comunidad, para que puedas integrarte plenamente en la sociedad irlandesa.

Una persona que sostiene un juego de llaves de casa con un llavero rojo con forma de casa, lo que simboliza el alquiler o la mudanza a una nueva vivienda.
Ayudas para la vivienda social

Ayudas para la vivienda social

Cualquier persona puede solicitar ayudas para la vivienda social. Para poder optar a ellas, se debe determinar que el hogar cumple los requisitos y necesita ayuda antes de ser incluido en la lista de espera de vivienda social. Solo se le tendrá en cuenta para la vivienda social si los ingresos de su hogar son inferiores al límite establecido en el ámbito de la autoridad local. Debe rellenar un formulario de solicitud de vivienda de la autoridad local. Su asistente social, la autoridad local o el Centro de Información al Ciudadano local pueden ayudarle con esto. Puede obtener información detallada en la Agencia de Vivienda.

Hay disponible una guía fácil de leer para rellenar el formulario de solicitud en 26 idiomas.

Si un hogar cumple los criterios de elegibilidad y necesidad, tiene derecho a una serie de ayudas para la vivienda social, entre las que se incluye la Prestación de Ayuda a la Vivienda (HAP). El hogar se inscribe en la lista de espera para que se le tenga en cuenta a la hora de asignarle una vivienda adecuada, de conformidad con el plan de asignación de la autoridad competente. Las asociaciones y cooperativas de vivienda también tienen normas sobre quién puede optar a sus viviendas.

Viviendas de alquiler privado

Viviendas de alquiler privado

Si no cumples los requisitos para acceder a una vivienda social, deberías plantearte alquilar en el sector privado. La Junta de Arrendamientos Residenciales (RTB) supervisa el sector del alquiler privado en Irlanda. En la página web de la RTB se explican los derechos y las obligaciones de los inquilinos (tú) y de los propietarios. También disponen de una «Guía para buenos propietarios e inquilinos» que puedes descargar.

También puedes obtener información y asesoramiento de Threshold, la organización benéfica nacional dedicada a la vivienda.

Encontrará más información en esta guía detallada sobre la vida independiente.

Próximos pasos

Normas, procedimientos y protocolos internos

Descubre cuáles son los siguientes pasos que debes seguir una vez finalizado el proceso de selección de tu solicitud.

Plantear inquietudes sobre el alojamiento

Infórmate sobre los diferentes tipos de procedimientos y cuál es el más adecuado para tu situación.